DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS QUE RECIBEN ATENCIÓN DE SALUD

 

DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS QUE RECIBEN ATENCIÓN DE SALUD

¿QUÉ ES UN DERECHO HUMANO?

Normas que reconocen y protegen la dignidad de todos los seres humanos

  • RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA ADECUADA

EN QUE CONSISTE:

La paciente o el paciente tiene derecho a que la atención médica se le otorgue por personal preparado de acuerdo a las necesidades de su estado de salud y a las circunstancias en que se brinda la atención; así como a ser informado cuando requiera referencia a otro médico


  • RECIBIR TRATO DIGNO Y RESPETUOSO

EN QUE CONSISTE:
La paciente o el paciente tiene derecho a que el médico, la enfermera y el personal que le brinden atención médica, se identifiquen y le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad, cualquiera que sea el padecimiento que presente, y se haga extensivo a los familiares o acompañantes



  • RECIBIR INFORMACIÓN SUFICIENTE, CLARA, OPORTUNA Y VERAZ

EN QUE CONSISTE:
La paciente o el paciente, o en su caso el responsable, tienen derecho a que el médico tratante les brinde información completa sobre el diagnóstico, pronóstico y tratamiento; se exprese siempre en forma clara y comprensible; se brinde con oportunidad con el fin de favorecer el conocimiento pleno del estado de salud del paciente y sea siempre veraz, ajustada a la realidad.


  • DECIDIR LIBREMENTE SOBRE SU ATENCIÓN

EN QUE CONSISTE:

La paciente o el paciente, o en su caso el responsable, tienen derecho a decidir con libertad, de manera personal y sin ninguna forma de presión, aceptar o rechazar cada procedimiento diagnóstico o terapéutico ofrecido, así como el uso de medidas extraordinarias de supervivencia en pacientes terminales


  • OTORGAR O NO SU CONSENTIMIENTO VÁLIDAMENTE INFORMADO

EN QUE CONSISTE:

La paciente o el paciente, o en su caso el responsable, en los supuestos que así lo señale la normativa, tiene derecho a expresar su consentimiento, siempre por escrito, cuando acepte sujetarse con fines de diagnóstico o terapéuticos, a procedimientos que impliquen un riesgo, para lo cual deberá ser informado en forma amplia y completa en qué consisten, de los beneficios que se esperan, así como de las complicaciones o eventos negativos que pudieran presentarse a consecuencia del acto médico. Lo anterior incluye las situaciones en las cuales el paciente decida participar en estudios de investigación o en el caso de donación de órganos



  • SER TRATADO CON CONFIDENCIALIDAD

EN QUE CONSISTE:
La paciente o el paciente tiene derecho a que toda la información que exprese a su médico, se maneje con estricta confidencialidad y no se divulgue más que con la autorización expresa de su parte, incluso la que derive de un estudio de investigación al cual se haya sujetado de manera voluntaria; lo cual no limita la obligación del médico de informar a la autoridad en los casos previstos por la ley


  • CONTAR CON FACILIDADES PARA OBTENER UNA SEGUNDA OPINIÓN

EN QUE CONSISTE:
La paciente o el paciente tiene derecho a recibir por escrito la información necesaria para obtener una segunda opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con su estado de salud.


  • RECIBIR ATENCIÓN MEDICA EN CASO DE URGENCIA 

EN QUE CONSISTE:
Cuando está en peligro la vida, un órgano o una función, la paciente o el paciente tiene derecho a recibir atención de urgencia por un médico, en cualquier establecimiento de salud, sea público o privado, con el propósito de estabilizar sus condiciones.


  • CONTAR CON UN EXPEDIENTE CLÍNICO

EN QUE CONSISTE:
La paciente o el paciente tiene derecho a que el conjunto de los datos relacionados con la atención médica que reciba sean asentados en forma veraz, clara, precisa, legible y completa en un expediente que deberá cumplir con la normativa aplicable y cuando lo solicite, obtener por escrito un resumen clínico veraz de acuerdo al fin requerido


  • SER ATENDIDO CUANDO SE INCONFORME POR LA ATENCIÓN MÉDICA RECIBIDA 

EN QUE CONSISTE:
La paciente o el paciente tiene derecho a ser escuchado y recibir respuesta por la instancia correspondiente cuando se inconforme por la atención médica recibida de servidores públicos o privados. Así mismo tiene derecho a disponer de vías alternas a las judiciales para tratar de resolver un conflicto con el personal de salud.


BIOGRAFIAS:

Carta de los derechos generales de las pacientes y los pacientes. (2001, Diciembre)
https://www.conbioetica-mexico.salud.gob.mx/descargas/pdf/normatividad/normatinacional/4.NAL_Derechos_de_los_Pacientes.pdf



Comentarios

  1. Muy completa la información, es muy importante ya que los pacientes para que tengan una buena recuperación necesitan una buena atención ya que esto llega a influir mucho en la mejoría del paciente 👏

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  2. La información que nos brinda es muy completa y entendible, todo esto incluyendo las imágenes lo hace interesante

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